Ayuda del Gobierno Vasco por nacimiento de hijos (200 euros)

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Desde enero del 2023, el Gobierno Vasco establece que toda persona podrá cobrar la ayuda mensual por cada hija o hijo que tenga a su cargo por nacimiento, adopción, delegación de guarda para la convivencia preadoptiva o tutela.

A continuación facilitamos toda la información que debes saber.

¿De cuánto son las ayudas por descendiente?

Se aprueban dos tipos de ayuda:

  • 200 euros: Para los hijos de entre 0 – 3 años:
  • 100 euros: Para los hijos  de entre 3 – 7 años, en caso de ser el tercero o sucesivo.

En caso de que el parto sea multiple, hay ayudas de hasta 2000€ en base al salario de la familia.

¿Cómo solicitar la ayuda por nacimiento?

Se puede solicitar tanto de forma telemática como presencial. Para poder hacerlo de forma telemática es necesario tener un certificado electrónico (BAKQ)

Presentación de forma telemática:

En el siguiente enlace puedes solicitar la ayuda de forma telemática:

En caso de que necesite ayuda para la presentación telemática, puede acudir a un centro KzGunea y solicitar acompañamiento en el proceso. Pasos a seguir:

  • Solicitar cita previa en el teléfono 945 062 555
  • Acudir a un centro de la red KzGunea con el Dni original.

Presentación presencial:

Acudir a cualquiera de las oficinas Zuzenean que tiene el Gobierno Vasco en las tres capitales. Cita previa en el 012:

  • Vitoria: Ramiro de Maeztu, 10 bajo – 01008 Vitoria-Gasteiz
  • Bilbao: Gran Vía, 85 – 48011 Bilbao
  • Donostia: Andia,13 – 20004 Donostia-San Sebastián

¿Qué requisitos hay que cumplir para recibir la ayuda?

  • Ser la madre o el padre integrante de la unidad familiar que ostenta la guarda y custodia de la hija o del hijo.
  • En el caso de guarda y custodia compartida establecida por resolución judicial, las personas progenitoras deberán presentar un acuerdo expreso sobre quién de las dos será la persona que pida la ayuda. El modelo de acuerdo estará disponible en la solicitud.
  • Residir de forma efectiva, y figurar en el Padrón de cualquier municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud. O, que pueda acreditar cinco años continuados de residencia y empadronamiento en la Comunidad Autónoma del País Vasco a lo largo de los últimos diez años.
  • La Dirección de Familia e Infancia comprobará periódicamente el cumplimiento del requisito de residencia efectiva.
  • Estar empadronada junto con la hija o hijo que motiva la ayuda, así como con todas aquellas hijas o hijos que, en su caso, se computen para determinar la composición de la familia. 
  • En el caso de guarda y custodia compartida las hijas o hijos podrán estar empadronados con cualquiera de las personas que tengan atribuida su guarda y custodia.

Más información sobre las ayudas de paternidad:

En el siguiente enlace puedes encontrar todas las especificaciones sobre la ayuda del Gobierno Vasco por nacimiento:

https://www.euskadi.eus/nuevas-ayudas-mensuales-a-la-crianza-y-mantenimiento-de-las-hijas-o-hijos/web01-a2famil/es/

Datos de contacto del Gobierno Vasco:

– Para llamar desde la Comunidad Autónoma del País Vasco: 012/945 01 80 00
– Para llamar desde algún lugar fuera de la Comunidad Autónoma del País Vasco: 945 01 80 00
– Desde el extranjero: 00 34 945 01 80 00

– Email de contacto: umeak@euskadi.eus

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