
Mi Lanbidenet RGI: Qué es la Renta de Garantía de Ingresos?
Es una prestación económica mensual para atender las necesidades básicas de las personas y familias que no disponen de recursos suficientes, y que les ayuda a encontrar una salida laboral.
Esta ayuda la pueden cobrar las personas que no disponen de recursos o que, aún teniéndolos, éstos son insuficientes para cubrir sus necesidades básicas, y que reúnan una serie de requisitos. Pueden ser personas sin trabajo, trabajadores con pocos recursos, pensionistas, perceptores de otro tipo de pensiones, inmigrantes sin permiso de residencia, etc.
En algunos casos la RGI podrá incluir la Prestación Complementaria de Vivienda (PCV), una ayuda para hacer frente a los gastos de alquiler de la vivienda habitual.
¿Pueden los pensionistas recibir la RGI de Lanbidenet?
Si, los pensionistas si pueden percibir la RGI si no disponen de los recursos suficientes para cubrir las necesidades básicas.
Descargar la solicitud de la RGI:
Para solicitar la RGI es necesario entregar un impreso de solicitud rellenado. A continuación puedes descargarlo en formato PDF:
¿Qué requisitos hay que cumplir para cobrar la RGI?
- Ser mayor de 18 años (a salvo de la excepción prevista en caso de determinados colectivos para los menores emancipados).
- Ser mayor de 18 años (a salvo de la excepción prevista en caso de determinados colectivos para los menores emancipados).
- Las personas entre 18 y 29 años tiene que haber vivido con, al menos, un año de antelación a la fecha de la solicitud, en un domicilio distinto al de sus progenitores y progenitoras, tutores y tutoras o acogedores y acogedora, sin perjuicio de las excepciones previstas para ciertos colectivos.
- Las personas entre 18 y 23 años tienen que estar inscritas como demandantes de servicios de empleo en Lanbide Servicio Vasco de Empleo durante el año inmediato anterior al de la solicitud y cumplir con las obligaciones que conlleva de acuerdo con la legislación de empleo, o bien, estar de alta en cualquiera de los regímenes que integran el Sistema de la Seguridad Social a fecha de solicitud o en su defecto durante un mínimo de 240 días en los dos últimos años, sin perjuicio de las excepciones previstas para ciertos colectivos.
- Estar integrada en una unidad de convivencia.
- Estar empadronado y tener la residencia efectiva en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi de forma continuada durante, al menos, 3 años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, sin perjuicio de las excepciones previstas en los siguientes casos:
- Al menos el año inmediato anterior a la fecha de la solicitud, en los casos de personas que tienen menores a su cargo o adultas con una discapacidad igual o superior al 33 % o calificación de dependencia y personas mayores de edad o menores emancipadas que se hallen en situación de extrema necesidad.
- A fecha de la solicitud, en caso de personas refugiadas, víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual, de violencia de género o de violencia doméstica, y de quienes hayan estado sujetas al sistema de protección de menores o de atención socioeducativa a personas infractoras menores de edad o hayan participado en programas de preparación para la vida independiente, víctimas del terrorismo y de miembros de las colectividades vascas. Si no se cumple, se aceptará haber estado empadronados cinco años continuados de los diez anteriores a la fecha de la solicitud.
- Estar en situación de necesidad económica. Se considerará cuando NO supere alguno de los límites:
- Disponer de rendimientos mensuales superiores a la cuantía de la renta máxima garantizada que pudiera corresponder en función de la composición de la unidad de convivencia.
- Disponer de bienes inmuebles, muebles y, en general, cualquier otro bien por valor equivalente o mayor a cinco veces la cuantía de la renta máxima garantizada que correspondería a la unidad de convivencia durante un año.
- Haber solicitado todas las pensiones y prestaciones públicas a las que pudieran tener derecho (pensiones, desempleo, subsidio, pensión de alimentos, etc.).
- No hallarse interno en un centro penitenciario en régimen ordinario o cerrado, ni ser usuario de una plaza de carácter permanente de un servicio residencial de carácter social, sanitario o sociosanitario, financiada en su integridad con fondos públicos.
¿Qué es la unidad de convivencia para la RGI?
El concepto de unidad de convivencia se utiliza en la renta de garantía de ingresos para determinar qué personas forman parte de la misma y, así, calcular la cantidad de ayuda económica que les corresponde, además de verificar el cumplimiento de requisitos y obligaciones.
Una unidad de convivencia se forma por las personas que residen en un mismo domicilio y están unidas entre sí por alguno de los siguientes vínculos:
- Hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.
- Relaciones de adopción o acogimiento familiar permanente o preadoptivo.
- Vínculos matrimoniales o relaciones análogas al matrimonio.
Cuando en un mismo domicilio residen personas sin estos vínculos, pueden formarse unidades de convivencia unipersonales o una unidad de convivencia que agrupe a algunas o a todas las personas residentes.
En una unidad familiar, siempre existe una persona titular, mientras que el resto de miembros de la unidad de convivencia son personas beneficiarias.
En el caso de unidades de convivencia unipersonales, la persona titular también es beneficiaria de las prestaciones y servicios correspondientes.
Creo que cumplo los requisitos, ¿qué tengo que hacer para solicitar la RGI en Lanbide?
Toda la documentación necesaria para solicitar la RGI está disponible tanto en la web de euskadi.eus, en la web de Lanbide como en nuestras oficinas.
Nueva solicitud de RGI de Lanbide
Acreditación de su voluntad de solicitar la prestación IMV:
Autorización para la aplicación del procedimiento especial del reintegro de la RGI:
¿Se puede solicitar la RGI en cualquier oficina de Lanbide?
Debe acudir a la oficina que le corresponda según el código postal de su domicilio.
¿Dónde se puede presentar la solicitud de RGI?
La solicitud se puede presentar de manera presencial en la oficina que corresponda según el código postal de su domicilio. Además, también es posible utilizar cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Estas formas incluyen la presentación electrónica a través de medios electrónicos, la presentación por correo postal, la presentación en registros públicos y cualquier otro medio válido que permita acreditar la presentación de la solicitud.
¿Puedo cambiar mi cita para pedir la RGI?
Si usted recibe la Renta de Garantía de Ingresos (RGI), es importante tener en cuenta que no asistir a una cita previamente concertada puede resultar en una suspensión por incumplimiento de obligaciones. Para cualquier cambio de cita, es necesario que sea validado por su oficina de referencia.
Si necesita gestionar un cambio de cita presencial, le recomendamos que llame al número 945 160 600. Desde allí, podrá solicitar una cita telefónica para gestionar su solicitud de cambio de cita presencial.
Ya he presentado la solicitud, ¿qué ocurre ahora?
Cuando se haya resuelto su expediente, Lanbide le enviará una notificación por escrito para informarle sobre la decisión tomada. En caso de que se le conceda la Renta de Garantía de Ingresos (RGI), la notificación incluirá información sobre el importe de la prestación, los posibles atrasos y a partir de qué fecha comenzará a recibir los pagos.
En el caso de que no se le otorgue la prestación, la notificación también le proporcionará una explicación detallada de los motivos de la denegación.
En todas las resoluciones, Lanbide le informará sobre los recursos que puede interponer en caso de que no esté de acuerdo con la decisión tomada. La notificación indicará dónde debe presentar dichos recursos y los plazos establecidos para hacerlo.
¿Cuándo voy a empezar a cobrar la RGI?
Lanbide tiene la obligación de resolver y notificar la resolución de la solicitud en un plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de entrada de la solicitud en el registro del órgano competente. Esto significa que recibirá una respuesta oficial dentro de este plazo.
Una vez que se haya concedido la Renta de Garantía de Ingresos (RGI), el derecho a cobrar esta prestación se generará a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de presentación de la solicitud. Es decir, si presenta la solicitud en determinado mes, el derecho a recibir la ayuda comenzará a partir del primer día del mes siguiente.
El primer pago de la prestación se realizará en la nómina correspondiente a la resolución de concesión. Esto significa que una vez que se haya tomado la decisión de otorgarle la RGI, recibirá el primer pago en la nómina siguiente a la resolución.
¿Cuánto se cobra en la RGI?

La RGI es un complemento a los ingresos de cada familia. El importe de la prestación dependerá de los ingresos mensuales y de la renta máxima garantizada que le corresponde a su unidad de convivencia.
Renta Máxima Garantizada
La renta garantizada viene determinada por la suma de las cuantías correspondientes a la cuantía base, a los complementos individuales por cada miembro de la unidad de convivencia y a los complementos vinculados a las características de la unidad de convivencia
La cuantía base se fija anualmente en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En el año 2023 se establece en 533,52 euros.
A la cuantía base se le suman los siguientes complementos:
- Complementos individuales. Se calcula por cada miembro de la unidad de convivencia:
50 % de la cuantía base para la persona titular y segunda persona adulta.
30 % de la cuantía base para el resto de personas beneficiarias.
- Complementos vinculados a las características de la UC
25% de la cuantía base para unidades de convivencia monoparentales, a las integradas por personas víctimas de trata de seres humanos, de violencia de género, de explotación sexual o de violencia doméstica o por una o varias personas con una discapacidad igual o superior al 33 % o con calificación de dependencia que no perciban pensión por este motivo.
40% de la cuantía base a las unidades de convivencia integradas por pensionistas.
Ambos complementos se podrán aplicar de forma conjunta salvo si la persona pensionista es la persona que tiene declarada la discapacidad, y en este caso el porcentaje de ambos complementos será del 40%.
Ingresos computables
Los ingresos computables serán los ingresos de la unidad de convivencia correspondientes al trimestre anterior (sin tener en cuenta el mes inmediatamente anterior), al procedimiento de actualización de cuantía.
¿Qué día de mes se cobra la RGI?
Último día hábil de mes.
¿Cuánto patrimonio máximo o propiedades se permite tener para poder cobrar la RGI?
En el cómputo del patrimonio se incluirá el conjunto de bienes muebles e inmuebles sobre los que se ostente un título de propiedad, usufructo o cualquier otro que posibilite su uso y disfrute.
No se incluye como patrimonio la vivienda o alojamiento que constituya la residencia habitual y el inmueble usado para la actividad laboral, salvo que la vivienda en propiedad fuera de valor excepcional.
El patrimonio máximo de la unidad de convivencia no puede ser igual o mayor a cinco veces la cuantía de la renta máxima garantizada que correspondería a la unidad de convivencia durante un año.
¿Qué documentación necesito para pedir la RGI?
Para solicitar la Renta de Garantía de Ingresos (RGI), es necesario cumplimentar el modelo normalizado que Lanbide establezca para este fin. Junto con la solicitud, se deberá adjuntar la documentación justificativa que demuestre el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y sus normas de desarrollo. En algunos casos, también se puede incluir una declaración responsable en la que se manifieste, bajo responsabilidad, que se cumplen los requisitos para el reconocimiento de la prestación, se dispone de la documentación correspondiente, se pondrá a disposición de Lanbide cuando sea requerida y se compromete a mantener el cumplimiento de las obligaciones durante el período en que se perciba la prestación.
Es importante que la documentación presentada respalde de manera adecuada el cumplimiento de los requisitos establecidos. Cada caso puede requerir diferentes documentos y pruebas, por lo que es recomendable revisar detenidamente las indicaciones y requisitos establecidos por Lanbide al momento de presentar la solicitud.
¿Qué día me cargan en mi cuenta en fraccionamiento del reintegro (REI)?
Primer día de mes.
¿Qué tengo que hacer para comunicar un cambio de domicilio y que documentación debo de presentar?
Desde el cambio de domicilio la persona tiene 15 días hábiles para comunicarlo a Lanbide. En principio con interoperabilidad se verá el padrón, sino se le requerirá. Deberá aportar también lo que corresponda en su caso, por ejemplo contrato arrendamiento de vivienda, contrato de arrendamiento de habitación ,etc.
¿Puedo pedir un préstamo si estoy cobrando la RGI?
Si es para cuestiones relativas a mejora de vivienda, gastos médicos no contemplados en Osakidetza no supone un cambio en RGI. En caso de tener saldo restante se computa como patrimonio.
¿Puedo subarrendar una habitación de mi vivienda?. ¿Cómo afecta a mi RGI?
Si viven de alquiler tan solo computa si excede el importe del total del alquiler de la vivienda. Si es vivienda en propiedad se le computará como ingreso.
¿Qué ocurre si quito el empadronamiento a alguien en mi vivienda habitual?
En el padrón deben figurar las personas que viven en el domicilio, si se han marchado y no han cambiado su padrón las personas que viven en ese domicilio pueden solicitar la baja.
Si un miembro de mi UC empieza a cobrar cualquier otra prestación ¿cómo afecta a mi RGI?
Los ingresos por pensiones contributivas o no contributivas son computables, además las pensiones recogida en el art.5.2.a te hacen pensionista y, por tanto, dan derecho a configurar otro tipo de UC.
¿Qué ocurre si dejo de trabajar cobrando la RGI?
Según el artículo 48.1.g) una baja voluntaria supone una extinción, salvo causa justificada .
¿Por qué ya no cobro el subsidio de Unidad Monoparental (SUM)?
El subsidio de Unidad Monoparental desaparece en la nueva Ley y se sustituye por el complemento de monoparentalidad. Si ahora usted no percibe el complemento de monoparentalidad es porque tiene custodia compartida.
¿Cuánto cuesta conseguir toda esta documentación para la RGI?
La documentación requerida en ocasiones puede tener el coste que determine la administración o entidad que la expida. En caso de los documentos que expiden las administraciones públicas vascas no tienen coste alguno, pero algunas entidades bancarias, embajadas o consulados pueden cobrar por expedir algunos certificados.
¿Cuántas RGI se pueden cobrar por vivienda o alojamiento?
Cuando en un mismo domicilio residan más de una unidad de convivencia (UC), ya sean perceptores de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) o no, se aplicará un índice corrector. Este índice consiste en reducir un 15% la cuantía reconocida de la RGI a todas las unidades de convivencia que convivan en el mismo domicilio.
El objetivo de este índice corrector es evitar la acumulación de ayudas económicas en un mismo hogar y garantizar una distribución equitativa de los recursos. De esta manera, se busca evitar que la presencia de varias unidades de convivencia en un mismo domicilio resulte en un beneficio económico excesivo.
¿Qué sucede con la RGI si empiezo a trabajar?
la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) es compatible con el trabajo, lo que significa que los nuevos ingresos de la unidad de convivencia (UC) se tendrán en cuenta en el procedimiento de actualización de la cuantía de la prestación.
La actualización de la cuantía de la RGI se realiza trimestralmente. Para determinar la cuantía reconocida, se consideran los ingresos del trimestre anterior, excluyendo el mes inmediatamente anterior al cálculo. Esto significa que los nuevos ingresos derivados de la actividad laboral se tendrán en cuenta en el procedimiento de actualización de cuantía correspondiente al periodo en el que se inició dicha actividad laboral.
Si los ingresos de la unidad de convivencia superan la cuantía máxima establecida para su composición y características, la prestación se suspenderá por completo. Sin embargo, el procedimiento de actualización trimestral se seguirá aplicando. Esto significa que si los ingresos de la unidad de convivencia disminuyen y quedan por debajo de la cuantía máxima, se reanudará el pago de la prestación.
¿Puedo salir fuera del País Vasco si estoy cobrando RGI?
Para percibir la RGI es necesario estar empadronado y tener la residencia efectiva en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y estar disponible permanentemente para el empleo y la formación. No obstante, las personas que cobran la RGI tendrán derecho a salir de la Comunidad Autónoma de Euskadi por un periodo no superior a 30 días dentro de cada año natural.
Se deberá comunicar a Lanbide las salidas tanto de la persona titular como de las personas miembros de la unidad de convivencia.
La comunicación se debe hacer presencialmente entregando el “ERE-DBE-032 Formulario comunicación salida CAE” en su oficina de referencia. Se le dará cita con su técnico para el día de regreso (en caso de que ese día su oficina se encuentre cerrada, para el siguiente día hábil).
Descargar formulario de comunicación de salida fuera del País Vaco:
¿Por qué me pueden suspender el pago de la RGI?
La suspensión del pago de la prestación puede ser parcial, afectando solo a algunos complementos que corresponden a la unidad de convivencia (UC), o total, suspendiendo la prestación en su totalidad. Las situaciones que pueden llevar a la suspensión íntegra del derecho a la prestación son las siguientes:
- Cuando la unidad de convivencia no se encuentra en situación de necesidad económica.
- Cuando la persona titular o alguno de los miembros de la unidad de convivencia no ha solicitado todas las pensiones y prestaciones públicas a las que podrían tener derecho.
- Cuando toda la unidad de convivencia ha estado fuera de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV) por un período superior a 30 días e inferior a 90 días.
- Cuando no se puede determinar la cuantía de la RGI debido a una causa imputable a la persona interesada.
- Por otro lado, se suspenderá el complemento individual correspondiente a la persona titular o beneficiaria en los siguientes casos:
- Cuando la persona titular o beneficiaria ha estado fuera de la CAPV por un período superior a 30 días e inferior a 90 días.
- Cuando la persona titular o beneficiaria ha ocupado una plaza temporal en un servicio residencial de carácter social, sanitario o sociosanitario financiado en su totalidad con fondos públicos.
- Cuando la persona titular o beneficiaria ha incumplido alguna de las siguientes obligaciones:
Lanbide RGI: Obligaciones
- Colaborar, comparecer y presentar la documentación requerida por Lanbide, garantizando la recepción de notificaciones y comunicaciones.
- Colaborar en la valoración inicial de la situación y necesidades, así como en el diagnóstico social y laboral, y suscribir los planes de atención establecidos.
- Colaborar en la elaboración y suscripción del Programa Integrado y Personal de Inclusión, y cumplir con los compromisos y obligaciones establecidos en el mismo.
- Estar disponibles para el empleo o servicios previos al empleo, estar inscritas como demandantes de empleo o servicios en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, y participar en las estrategias de mejora de la empleabilidad implementadas por dicho servicio.
- Reintegrar el importe de las cantidades percibidas indebidamente.
- Comparecer ante la administración y colaborar cuando sea requerido, facilitando los controles e inspecciones realizadas por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
- Comunicar dentro del plazo establecido cualquier circunstancia que pueda modificar, suspender o extinguir el derecho a la prestación, o que sea relevante para la actualización de su cuantía, según lo establecido por la normativa correspondiente.
- No acogerse a una situación de excedencia voluntaria o reducción de jornada, ni abandonar voluntariamente un curso de formación para el empleo proporcionado por Lanbide o una entidad colaboradora, abstenerse de asistir al mismo o participar en un proceso de selección para el empleo propuesto por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
¿Durante cuánto tiempo se supende el pago de la RGI?
La suspensión de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) se mantendrá hasta que desaparezcan las causas que llevaron a la suspensión del pago, o cuando se cumpla el plazo de suspensión establecido. Las causas y duración de la suspensión se notificarán en la resolución correspondiente.
La duración de la suspensión será fija en los siguientes casos:
- Un mes, cuando la suspensión se haya producido por hechos puntuales que ya hayan sido subsanados en el momento de la resolución.
- Seis meses, cuando la persona titular o alguno de los beneficiarios no colaboren en la elaboración o suscripción del Programa Integrado y Personal de Inclusión. Si el incumplimiento persiste más de seis meses, se extinguirá el derecho a la prestación. El Programa Integrado y Personal de Inclusión es un servicio de inclusión en el que las partes involucradas asumen compromisos para prevenir el riesgo de exclusión o, en su caso, revertir la situación de exclusión y promover la plena inclusión laboral y social de las personas beneficiarias.
- Seis meses, cuando la persona titular o beneficiaria rechacen un curso de formación, no asistan o abandonen voluntariamente una acción formativa, o no se presenten a un proceso de selección para el empleo propuesto por Lanbide, sin causa justificada.
- Se considerará una causa justificada la no realización de estas actividades debido a razones de enfermedad, o si la actividad formativa o el proceso de selección no cumplen alguno de los siguientes requisitos:
- Coincidencia con las preferencias manifestadas por la persona o, en su defecto, correspondencia con la profesión desempeñada en el último año, con la formación propuesta por el servicio de orientación para el empleo de Lanbide, o correlación con las aptitudes físicas y formativas de la persona.
- Compatibilidad del horario de transporte público desde el domicilio de la persona titular o beneficiaria con el horario de la actividad formativa o del proceso de selección.
- Desarrollo de la formación o el proceso de selección dentro de un radio que no exceda la distancia establecida reglamentariamente.
- Tiempo diario de desplazamiento en transporte público para asistir a la formación que no supere el 25% de la duración diaria del curso.
- Costo mensual del desplazamiento en transporte público que no supere el 20% de la cuantía base de la prestación, o en caso de que la duración del curso sea inferior a un mes, el cálculo se realizará proporcionalmente a los días.
- Conciliación de responsabilidades familiares, de manera que se permita el cuidado de menores de catorce años o personas con discapacidad a cargo, así como de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que no puedan valerse por sí mismos.
Además, se considerará causa justificada el nacimiento o cuidado de hijos e hijas (o personas en situación de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente), así como el cuidado de familiares por razones de edad, discapacidad, accidente, hospitalización o enfermedad.
¿Qué tengo que hacer para reanudar la RGI cuando me la han suspendido?
Lanbide reiniciará automáticamente el pago de la prestación en los siguientes casos:
– Si la suspensión se produjo debido a que los ingresos de la Unidad de Convivencia (UC) superaban el límite máximo establecido para la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) correspondiente.
– Si se estableció una duración específica para la suspensión.
En cualquier otro caso, la persona deberá solicitar la reanudación de la prestación en su oficina de referencia o a través de la plataforma electrónica de euskadi.eus.
¿Tengo que renovar la prestación?
Las renovaciones se han sustituido por un procedimiento de control bianual, por lo tanto no tengo que realizar ninguna acción.
¿En qué casos se terminará definitivamente la RGI?
- Fallecimiento de la persona titular.
- Pérdida definitiva de alguno de los requisitos exigidos para el mantenimiento de la prestación o imposibilidad de determinar el cumplimiento de los requisitos de acceso y mantenimiento de aquella por causa imputable a la persona titular.
- Renuncia al derecho de la persona titular.
- Transcurso del plazo de duración máxima de la unidad de convivencia excepcional.
- Incumplimiento del deber de suscribir el Programa Integrado y Personal de Inclusión o de colaborar para su elaboración por tiempo superior a seis meses.
- Resolución del Programa Integrado y Personal de Inclusión por renuncia de la persona destinataria.
- Rechazo de una oferta de empleo realizada por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o por una entidad colaboradora, cese voluntario de la actividad laboral y baja voluntaria del puesto de trabajo, salvo que exista causa que los justifique.
- Resolución de un procedimiento sancionador que así lo determine.
- Inexactitudes, falsedades u omisiones de carácter esencial detectadas en el control de las declaraciones responsables.
¿Qué son las UC especiales y cuánto duran?
Se han considerado situaciones excepcionales de unidades de convivencia para las siguientes circunstancias:
- Ser víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual.
- Ser víctimas de violencia de género o violencia doméstica.
- Ser pensionistas.
- Estar en proceso de separación o divorcio, o haber solicitado la cancelación de la inscripción correspondiente en el registro de parejas o uniones de hecho.
- Haber tenido o adoptado el primer hijo o hija, haber acogido de forma permanente a un menor de edad, o haber acogido a una persona mayor de edad con una discapacidad igual o superior al 33% o con calificación de dependencia.
- Haber abandonado la vivienda habitual debido a un desahucio por impago de alquiler debido a una incapacidad de pago sobrevenida, un proceso de ejecución hipotecaria, la inhabilitación de la vivienda o problemas de accesibilidad debidamente justificados.
- Aquellas situaciones que sean definidas por normativa y estén vinculadas a casos de especial vulnerabilidad, exclusión social o necesidad de convivencia en el mismo domicilio.
La duración de las unidades de convivencia excepcionales no podrá exceder de tres años, que se contarán desde la fecha del hecho causante en los términos que reglamentariamente se establezcan. Este límite no será de aplicación a las unidades de convivencia formadas por personas pensionistas.
Si me han quitado definitivamente la RGI, ¿puedo volver a pedir la RGI en el futuro?
Hay causas por las que no podré volver a solicitar la ayuda durante un año (rechazo oferta empleo, no suscribir programa de inclusión…) o dos años (inexactitudes, falsedades…). En otros casos podré solicitarla otra vez en cualquier momento.
Si te ha llegado una carta de de Lanbide y no sabes que hacer
- Puedo llamar al teléfono de información de Lanbide: 945 160 600.
- Puedo acudir a la oficina de Lanbide que me corresponde para informarme y aclarar qué tengo que hacer.
Tengo que presentar documentación pero estoy trabajando y no puedo ir a entregarla, ¿qué puedo hacer?
Puedo presentar la documentación a través de la sede electrónica de euskadi.eus si dispongo de algún método de identificación electrónico, o vía web de Lanbide.
¿Qué documentos se pueden mandar por la web y cuáles no?
Actualmente, toda la documentación salvo la solicitud. En cuanto esté sede electrónica activada, podrán aportarse también la solicitud.
Descargar modelo de contrato de arrendamiento de vivienda
Descargar modelo de contrato de hospedaje
Descargar modelo de contrato de subarriendo de parte de vivienda
¿Qué obligaciones tengo si me aprueban la prestación de RGI?

• Colaborar con Lanbide proporcionando información precisa y veraz en las declaraciones responsables y en la acreditación de los requisitos, mantenimiento y actualización de la prestación.
• Presentar la documentación relevante para la gestión y control de la prestación requerida por Lanbide y garantizar la recepción de notificaciones y comunicaciones.
• Colaborar en la valoración inicial de situación y de necesidades y, en su caso, en el diagnóstico social y laboral y suscribir los planes de atención con las prescripciones técnicas que se establezcan.
• Colaborar en la elaboración del Programa Integrado y Personal de Inclusión y suscribirlo, y cumplir los compromisos y obligaciones recogidos en el mismo.
• Estar disponibles para el empleo o para servicios previos al empleo, figurar inscritas como demandantes de empleo, de servicios previos al empleo o de servicios en Lanbide y participar en las estrategias de mejora de la empleabilidad.
• Reintegrar el importe de las cantidades indebidamente percibidas.
• Comparecer ante la administración y colaborar cuando sea requerida para ello y facilitar la práctica de controles e inspecciones que pueda realizar Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
• Comunicar a Lanbide, en el plazo de quince días naturales, las circunstancias que pudieran afectar al cumplimiento de los requisitos y obligaciones, o dar lugar a la modificación, suspensión o extinción del derecho a la prestación o que sean relevantes para la actualización de su cuantía.
• No rechazar una oferta de empleo.
• No cesar voluntariamente de su actividad laboral o causar baja voluntaria en un puesto de trabajo,
• No acogerse a una situación de excedencia voluntaria o a una reducción de jornada,
• No abandonar voluntariamente un curso de formación para el empleo procurado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o por una entidad colaboradora, o abstenerse de acudir a este o de participar en un proceso de selección para el empleo propuesto por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo
¿A quiénes afectan las obligaciones de Lanbide?
Las obligaciones afectan tanto al titular de la prestación como a los beneficiarios. Todos tienen que cumplir las obligaciones generales que se indican al conceder la prestación, y los compromisos asumidos en el Programa Integrado y Personal de Inclusión que firmarán.
¿Hay que apuntarse en Lanbide y tengo que buscar trabajo?
Los titulares de la prestación y las personas miembros de su unidad de convivencia que se encuentren en edad laboral, deben mantenerse disponibles para el empleo. Esto supone:
• Estar inscritas ininterrumpidamente como demandantes de empleo en Lanbide y participar en las estrategias de mejora de la empleabilidad que aquel ponga en marcha.
• No rechazar una oferta de empleo, causar baja voluntaria en un puesto de trabajo ni acogerse a una excedencia voluntaria o reducción de jornada, salvo causa justificada.
• No abandonar voluntariamente un curso de formación de Lanbide o abstenerse a acudir o participar en un proceso de selección.
¿Todas las personas con edad para trabajar tienen que estar disponibles para el empleo?
No, hay excepciones:
• Personas con la edad de jubilación cumplida o titulares de pensiones de jubilación, de invalidez absoluta, gran invalidez o invalidez no contributiva.
• Personas afectadas por una discapacidad igual o superior al 65%, o tener reconocida una situación de dependencia de al menos grado II.
• Personas cursando estudios reglados que no permitan su compatibilidad.
• Personas en situación de alta exclusión, que a juicio de Lanbide no se encuentren en situación de incorporarse al mercado laboral.
¿Qué pasa con las personas que no tienen permisos de residencia y por tanto no pueden trabajar?
Las personas extranjeras sin permiso de residencia no tienen que estar inscritas como demandantes de empleo, pero sí como demandantes de otros servicios para la inserción laboral (orientación, formación…).
¿Puedes rechazar algún trabajo?
No se puede rechazar un empleo, salvo por alguna de las siguientes causas justificadas:
• Cuando no coincida con las preferencias manifestadas por la persona o, en otro caso, correspondencia con la profesión desarrollada en el último año por aquella, con la formación propuesta por el servicio de orientación para el empleo de Lanbide, o correlación con sus aptitudes físicas y formativas.
• Cuando no haya compatibilidad del horario de transporte público desde el domicilio de la persona titular o beneficiaria de la prestación con el lugar de trabajo.
• Cuando el lugar de trabajo supere la distancia que reglamentariamente se determine.
• Cuando no haya conciliación, de forma que, atendiendo las circunstancias de la unidad de convivencia, permita el cuidado de las personas menores de catorce años o con discapacidad a su cargo, o de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que no puedan valerse por sí mismos.
• Cuando se acredite que el tiempo mínimo de desplazamiento para acudir al puesto de trabajo supera el 25 % de la jornada diaria de trabajo.
• Cuando el coste del desplazamiento en transporte público suponga un gasto superior al 20 % del salario mensual ofertado.
• Cuando el salario no resulte adecuado por no ser equivalente al del puesto de trabajo ofertado, atendiendo al convenio de empresa o al convenio sectorial que resulte de aplicación.
¿Qué situaciones hay que comunicar cuando el expediente está suspendido?
Cuando el expediente está suspendido sigue siendo persona beneficiaria de la RGI. Se deberán comunicar las mismas situaciones que cuando no hay suspensión del pago.
¿Qué tengo que hacer si hay algún cambio en mi situación laboral?
Tengo que comunicar a Lanbide, en el plazo máximo de quince días naturales contados a partir de la fecha en la que se produzcan, las circunstancias que afecten al cumplimiento de los requisitos y obligaciones, y los siguientes cambios que pudieran dar lugar a la modificación, suspensión o extinción del derecho a la prestación o sean relevantes para la actualización de su cuantía:
• Hechos que afecten a la composición de la unidad de convivencia (incorporación de una persona, adopción, fallecimiento…).
• Hechos que afecten a las características de la unidad de convivencia (reconocimiento de dependencia, condición de pensionista…)
• Hechos que afecten a los recursos (ingresos económicos, patrimonio) de la unidad de convivencia.
• Cualquier otro hecho o situación que pudiera implicar la pérdida temporal o definitiva de alguno de los requisitos exigidos para el reconocimiento de la prestación (salidas de la comunidad autónoma).
• Cambio relativo al domicilio de residencia de la persona titular o cualquier beneficiaria.
¿Qué tipo de cambios tengo que comunicar en relación a la unidad de convivencia?
• Cualquier cambio que se produzca en mis ingresos mensuales o en mi patrimonio: herencias, legados, cobro de seguros, indemnizaciones de cualquier tipo
• Ingresos derivados de la actividad laboral por cuenta ajena, empleadas de hogar o régimen distinto al régimen general
• Incremento de recursos debido a la obtención de ingresos como consecuencia de haber hecho valer derechos económicos que les pudiera corresponder (pensión, subsidio, desempleo, etc.).
Si he dejado de trabajar y he solicitado la reanudación de la prestación, por ejemplo en marzo , ¿por qué no he cobrado en marzo?
La situación depende de la fecha de solicitud de la reanudación y de otras cuestiones conretas en cada caso. Para obtener más información, llama al teléfono 945 160 600.
Los meses que llevo trabajados, si estoy cobrando RGI , ¿genero paro?
Las condiciones de cotización de desempleo corresponden a otras instituciones (Seguridad Social y SEPE). A priori, la percepción de RGI no impide la cotización por desempleo y los derechos asociados a ésta.
¿Cada cuánto tiempo hay que presentar los justificantes del pago de alquiler?
La persona titular de la RGI y PCV tiene que presentar cada 6 meses los justificantes de los gastos de alquiler de la vivienda o alojamiento habitual. El pago del alquiler deberá hacerse por el medio que conste en el contrato: pueden ser recibos privados, facturas o justificantes de pago bancarios.
¿Es necesario aportar las nóminas de trabajo?
Personas Trabajadoras por cuenta ajena: es necesario aportar las nóminas para poder hacer las actualizaciones de cuantía trimestrales.
Personas Trabajadoras por cuenta propia: No es necesario. Se tendrá en cuenta la declaración de IRPF del año anterior obtenida por interoperabilidad.
Persona Empleadas de hogar u otro régimen general: No es necesario. Deberá informar sobre sus ingresos rellenando el impreso ERE-DBE-007 de comunicación de hechos.
Presenté un recurso hace un tiempo ¿cuándo me van a responder?
El plazo máximo establecido es de 3 meses
¿Qué plazo tengo para entregar la documentación requerida?
Desde el día que recibe la comunicación tiene 10 días hábiles; es decir, días laborables. Los sábados, domingos y festivos no se cuentan.
¿Tengo que comunicar cambios en mi situación cuando mi expediente está suspendido?
Cuando el expediente está suspendido sigue siendo persona beneficiaria de la RGI. Se deberán comunicar las mismas situaciones que cuando no hay suspensión del pago.